En sesión pública ordinaria el Congreso del Estado de Puebla aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta Proyecto de Decreto para reformar, adicionar y derogar la Constitución Mexicana en materia de Guardia Nacional, con lo cual Puebla se convierte en la entidad número 17 en avalar este mandato Constitucional.
Una inicitiva de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que una vez aprobada la misma por la Cámara de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, en dos terceras partes respectivamente, serán las Legislaturas Locales las encargadas de votar la reforma. Se requiere de una mayoría de votos a favor de la refroma de los Congresos Locales para que sea legal a nivel federal. Al Congreso de la Unión y a las Legislaturas locales se les denomina Constituyente Permanente.
El Artículo 135 constitucional se refirere al Constituyente Permanente de la siguiente manera: «La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados.»